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La introducción de especies animales y
vegetales y en especial las exóticas susceptibles de asilvestrarse,
salvo en los casos expresos en que la autoridad competente lo
decida.
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Vertidos de contaminantes en las aguas
de la zona.
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Los vertidos de basuras, escombros y residuos
sólidos en general fuera de las zonas expresamente señaladas.
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El uso del fuego sin control o autorización
previa, o fuera de los lugares expresamente señalados.
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La circulación de vehículos motorizados
fuera de las carreteras, pistas o itinerarios permitidos, excepto
cuando corresponda a las actividades agropecuarias o usos autorizados.
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Las actividades cinegéticas o de pesca
en aguas continentales fuera de las zonas, épocas, cupos o especies permitidas.
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Las actividades de carácter comercial,
carteles, anuncios y similares.
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Instalaciones de elementos artificiales
de carácter permanente que limiten el campo visual, rompan la
armonía del paisaje o desfiguren las perspectivas.
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La recolección de material biológico, geológico,
arqueológico o histórico salvo en aquellos casos en que por
razones de investigación o educativas, se permita la misma previa
autorización.
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El aterrizaje y vuelo a baja altura salvo
en caso de emergencia.
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La práctica de tiro al plato, o uso de
escopetas de aire comprimido y todo tipo de armas.
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Tirar colillas, latas, botellas, plásticos
o cualquier objeto, así como el abandono de artefactos en el
recinto del parque.
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El empleo de megáfonos o cualquier aparato
o instrumento a un volumen tal que perturbe la tranquilidad
del parque.
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Cualquier actividad destinada al aprovechamiento
de recursos naturales.