Redacción
/ SANTIAGO
En Galicia habitan entre 420 y 620 lobos agrupados en 68 manadas, según
los últimos estudios de la Consellería de Medio Ambiente.
Los planes de conservación de esta especie impulsados por el
Gobierno gallego han conseguido en los últimos diez años
que el número de ejemplares se mantuviera e incluso experimentase
un pequeño incremento.
El Consello Galego de Medio Ambiente evaluó ayer el actual Plan
de Gestión del Lobo que recoge una serie de medidas para garantizar
la protección de esta especie sin que colisione su conservación
con los intereses de los sectores ganaderos perjudicados por los ataques
de estos animales.
Para atajar los daños provocados por los lobos, Medio Ambiente
promoverá el control de los perros asilvestrados, realizará
un seguimiento de los perjuicios ocasionados y establecerá sistemas
de prevención mediante protocolos y asesorías externas
especializadas.
La protección de la especie se ordenará en función
de tres niveles de alarma según la zona. Además se realizarán
seguimientos periódicos de la población y se vigilará
y controlará la mortandad no natural de la especie (atropellos,
venenos...).
El objetivo es mantener una población viable y continua de los
lobos y disminuir la conflictividad con ganaderos y cazadores. En este
sentido, Medio Ambiente ordenará los recursos cinegéticos
y hará un llamamiento a la responsabilidad de los colectivos
afectados para resolver los problemas que aca-rreen las manadas de lobos.
Otro de los asuntos abordados en el Consello Galego de Medio Ambiente
fue la creación de dos nuevas categorías de espacios protegidos:
una catalogada como de interés local y otra como zona privada
de interés natural.
El departamento de José Manuel Barreiro trabaja en el proyecto
de decreto que regulará estas dos figuras.
Según se recoge en esta normativa, se establecen como espacios
naturales de interés local aquellos lugares integrados en un
término municipal que, por sus singularidades, sean merecedores
de la protección de sus valores naturales. La iniciativa para
su declaración debe partir del ayuntamiento donde se sitúe
el espacio a proteger.
Por otra parte, se consideran espacios privados de interés natural
aquellos terrenos de instituciones y propietarios particulares, donde
existan formaciones naturales, especies o hábitats de flora y
fauna silvestres merecedores de protección especial. En este
caso, la iniciativa para su declaración tendrá que partir
de los organismos o propietarios privados titulares de los terrenos. |